DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
SUS DEBERES SON:
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Comportarse solidariamente en sus relaciones con la Cooperativa y con los asociados de la misma.
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Abstenerse de ejecutar o de incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica, financiera o el prestigio social de la Cooperativa.
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Cumplir rigurosamente con el pago de aportes, la amortización de créditos y con las demás obligaciones y compromisos adquiridos con la Cooperativa.
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Someterse estrictamente al Estatuto y los Reglamentos de la Cooperativa, así como acatar y cumplir las decisiones de sus Órganos de Administración y Vigilancia.
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Cumplir las comisiones y encargos que se le asignen, en función de la Cooperativa. Participar activamente en los actos y reuniones que convoque la Cooperativa y desempeñar en la mejor forma posible los cargos para los que fueren elegidos.
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Demostrar actitud de unidad e identidad, tanto con el objeto de la Cooperativa, como con los miembros de la misma.
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Adquirir conocimientos sobre los principios básicos del Cooperativismo, sobre las características del Acuerdo Cooperativo y sobre los Estatutos que rigen la Cooperativa.
SUS DERECHOS SON:
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Hacer uso de los servicios de la Cooperativa de acuerdo con las reglamentaciones existentes
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Participar en las actividades de la Cooperativa y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales
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Ser informado de la gestión de la Cooperativa.
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Participar en el análisis y toma de decisiones en el seno de la Asamblea y ejercer la función del sufragio en los eventos que así se haya establecido según el principio de que a cada asociado hábil corresponde un (1) voto.
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Participar en la distribución de los excedentes en la forma establecida por la Asamblea General.
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Fiscalizar la gestión económica y financiera de la Cooperativa, para lo cual podrán examinar los libros, archivos, inventarios y balances, en la forma prescrita en los Estatutos y Reglamentos.
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Presentar propuestas y reclamos relacionados con la prestación de los servicios o con infracciones a los Estatutos y reglamentos en que incurran los administradores o los asociados, a través de la Junta de Vigilancia.
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Retirarse voluntariamente de la Cooperativa, sujetándose al procedimiento establecido en el Estatuto y Reglamentos.
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Designar los beneficiarios de los seguros y auxilios, en caso de fallecimiento, a los que tendrán derecho siempre y cuando se haya cumplido con los requisitos necesarios para su otorgamiento.
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